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Despido de un empleado que tiene una incapacidad de origen común



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DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO VERBAL Y UN CONTRATO ESCRITO

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE UN CONTRATO DE TRABAJO VERBAL Y UN CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO? El contrato de trabajo puede ser acordado de forma verbal o escrita, prefiriéndose esta última para que sirva como medio de prueba en un momento determinado, pero ambas formas de contratación, escrita o verbal, están reguladas por el ordenamiento laboral colombiano y gozan de los mismos derechos y obligaciones.
ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA      ¿ QUE ES?  La estabilidad laboral reforzada consiste en: "el derecho a conservar el empleo;  a no ser despedido en razón de la situación de vulnerabilidad;  a permanecer en el empleo hasta que se requiera y siempre que no se configure una causal objetiva que conlleve la desvinculación del mismos y;  a que la autoridad laboral competente autorice el despido, con la previa verificación de la estructuración de la causal objetiva, no relacionada con la situación de vulnerabilidad del trabajador, que se aduce para dar por terminado el contrato laboral, so pena que, de no establecerse, el despido sea declarado ineficaz”. ¿ QUE DICE LA CORTE? La Corte ha indicado que la estabilidad laboral reforzada es un derecho que tienen todas las personas que por el deterioro de su salud se encuentren en una situación de debilidad manifiesta. Es decir que esta figura opera para cualquier trabajador que por su condici...

Sentencia T-173/11

DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE TRABAJADOR DISCAPACITADO (Protección) El derecho al trabajo trae implícita la estabilidad laboral reforzada para las personas enfermas. La cual establece que quienes ostenten esta condición no podrán ser despedidas sin el lleno de unos requisitos específicos. Lo anterior tiene sustento en los mandatos constitucionales contenidos en los artículos 47 y 54 así como en diversos instrumentos internacionales, sobre la eliminación de todas las formas de discriminación en el empleo, en razón de la disminución física, síquica o sensorial de las personas. Esta protección especial trae consigo (i) el derecho a conservar su trabajo, (ii) a no ser despedido en virtud de su condición física, (nexo de causalidad); (iii) a tener permanencia en su trabajo, hasta tanto se presente una causal objetiva que genere la desvinculación, (iv) a la garantía de desarrollar labores acordes con su situación médica (reubicación, reinstalación); y que (v) de prese...